Dólar : Compra 2.780 | Venta: 2.885

Principal | Institucional | Asamblea General de Delegados

Asamblea General de Delegados

Se consideran directivos a los miembros titulares o suplentes y delegados que provisionalmente ocupen cargos de los Consejos y Comité elegidos por la Asamblea General de Delegados.

Entre los directivos y/o funcionarios de la Cooperativa, no deben haber parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, o segundo de afinidad. Además no pueden ejercer los cargos de dirigentes, gerentes o apoderados quienes se encuentren comprendidos en los alcances y prohibiciones señaladas en la Ley General de Cooperativas y la parte pertinente del artículo 11º de la Resolución SBS Nº 0540-99.

Los Directivos, bajo ninguna modalidad, pueden desempeñar cargos rentados en la propia Cooperativa mientras dure su mandato, con sanción a quien o quienes decidan lo contrario.

Integración

Los miembros de Consejos y Comité son elegidos por la Asamblea General Ordinaria de Delegados. Los titulares por el término de un (01) año como mínimo y tres (03) como máximo.