Quiénes Somos

Reseña Histórica

Nuestra Historia
59 Años trabajando hombro a hombro para salir adelante. Objetivos y metas de un equipo humano que las transforma en calidad de servicio. El 23 de noviembre de 1964, en la ciudad de Trujillo, a iniciativa de 80 ilustres ciudadanos, que contaban con el auspicio de la junta Arquidiocesana de Acción Católica de aquella época, se constituyó la Cooperativa de Ahorro y Crédito León XIII, siendo su primer local una de las oficinas del Palacio Arzobispal de Trujillo, en la actualidad su Oficina Principal se encuentra en el Jr. San Martín 656 Trujillo. Los valores que impulsaron a los socios fundadores fueron los de solidaridad y ayuda mutua. La cooperativa fue reconocida por resolución N 597-70 ONDECOOP, el 16 de Octubre de 1970, e inscrita en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito, el 20 de noviembre de 1970, Asiento 520, Tomo II, Folio 07 en los Registros Públicos de la Libertad, el 20 de Noviembre de 1970 Asiento 01, Partida XXV del Libro de Cooperativas. A partir de esa fecha se oficializó como: Cooperativa de Ahorro y Crédito León XIII Limitada N° 520. Inscrita también, en la Superintendencia de Banca y Seguros N. 061 Resolución SBS N. 809-94 SBS. El nombre de León XIII se debe a la identificación de los fundadores con la labor pontificia del Papa de los humildes León XIII. Los Valores que impulsaron a los socios fundadores fueron los de Solidaridad y Ayuda Mutua. La Cooperativa a través de los años ha logrado obtener diferentes reconocimientos públicos, entre los cuales están:  
  • Diploma y Medalla de Oro otorgada por el Concejo Provincial de Trujillo.
  • Cinta Roja y Blanca concedida por Peruana de Opinión Pública, como la mejor cooperativa del año.
  • Condecoración como Mejor Institución Cooperativa.
  • Diploma de Honor  de la Cámara de Comercio de la Libertad en reconocimiento por los 50 Años de Vida Institucional.
  Estos reconocimientos se sustentan en nuestro compromiso de trabajar para el crecimiento del socio, brindándole buenos servicios, a través de una esmerada atención personalizada, de acuerdo a los requerimientos solicitados y a la aplicación de las tasas preferenciales del mercado de las finanzas solidarias a nivel regional. La Cooperativa ampliando su liderazgo inauguró en el año 2004 la Agencia La Hermelinda, en el 2014 la Agencia La Esperanza y las  Oficinas Especiales Casa Grande y Virú, el año 2015 la Agencia de Huamachuco, el año 2016 la Agencia de El Porvenir y la Agencia de Chepén. El año 2019 se inauguró la Agencia de Pacasmayo. El 06 de Febrero del año 2020 se inauguró la Agencia Casa Grande y el 19 de Mayo del año 2020 se inauguró la Agencia de Virú, demostrando así el sólido crecimiento de la Cooperativa León XIII en la Región La Libertad. La Cooperativa de Ahorro y Crédito León XIII Ltda. 520 está inscrita en el registro Coopac de la SBS.

Pensamiento Estratégico

Visión
Constituirnos en la mejor Cooperativa de Ahorro y Crédito del Norte, con expansión a todo el país, brindando productos y servicios financieros y complementarios con innovación, calidad y tecnología adecuada, con alto sentido social y enmarcados en el desarrollo sostenible, que contribuyan al desarrollo de sus socios, trabajadores y de la sociedad en general.
Misión
Brindar Servicios Financieros y no Financieros solidarios con transparencia, calidad y oportunidad, con personal directivo y trabajadores altamente calificados, practicando los valores y principios cooperativos para el bienestar de los socios.
Valores
  • Ayuda Mutua
  • Responsabilidad
  • Democracia
  • Igualdad
  • Equidad
  • Solidaridad
  • Honestidad
  • Transparencia
  • Responsabilidad Social
  • Preocupación por los demás
Principios
  • Membresía Abierta y Voluntaria
  • Control Democrático de los Miembros
  • Participación Económica de los Miembros
  • Autonomía e Independencia
  • Educación, Entrenamiento e Información
  • Cooperación entre Cooperativas
  • Compromiso con la Comunidad

Nuestra Organización

Consejo de Administración
  • Presidente      :           Jacqueline Milagritos Sánchez Cabrera.
  • Vicepresidente:          Guillermo Andrés Avendaño Venegas
  • Secretaria       :           Elsa Milena Alvarado Lavado.
  • Primer Vocal  :          Segundo Eduardo Salinas Rodríguez
  • Segundo Vocal:          Ronald Alfredo Gildemeister Agreda
  Consejo de Vigilancia
  • Presidente      :          Erika Patricia Llerena Farfán.
  • Vicepresidenta:        Ernesto Celi Neira.
  • Secretario       :          Luis Gonzalo Rodríguez De La Cruz .
  Comité de Educación
  • Presidente      :          Guillermo Andrés Avendaño Venegas
  • Vicepresidente:          Victorino Andrés Chiu Pardo.
  • Secretaria       :           Silvia Milagritos Delgado Chamorro de Valdivia.
  Comité Electoral
  • Presidenta      :          Janeth Maribel Vega Castillo.
  • Vicepresidenta:        Susy Emperatriz Ávila Alayo.
  • Secretario       :           Juan José Caipo Luna.

Directorio de Funcionarios

Funcionarios

Estatuto

Título
Archivo en Pdf que contiene el estatuto sobre el cual se rige la Cooperativa de Ahorro y Crédito León XIII. Descargar Estatuto Aquí

Institucional

Asamblea de Delegados

Asamblea General de Delegados
Se consideran directivos a los miembros titulares o suplentes y delegados que provisionalmente ocupen cargos de los Consejos y Comité elegidos por la Asamblea General de Delegados.
Entre los directivos y/o funcionarios de la Cooperativa, no deben haber parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, o segundo de afinidad. Además no pueden ejercer los cargos de dirigentes, gerentes o apoderados quienes se encuentren comprendidos en los alcances y prohibiciones señaladas en la Ley General de Cooperativas y la parte pertinente del artículo 11º de la Resolución SBS Nº 0540-99.
Los Directivos, bajo ninguna modalidad, pueden desempeñar cargos rentados en la propia Cooperativa mientras dure su mandato, con sanción a quien o quienes decidan lo contrario.
Integración
Los miembros de Consejos y Comité son elegidos por la Asamblea General Ordinaria de Delegados. Los titulares por el término de un (01) año como mínimo y tres (03) como máximo. aliquet.

Consejo de Administración

Funciones
El Consejo de Administración es el órgano de gobierno, responsable de la dirección y funcionamiento administrativo de la Cooperativa.
Integración
El Consejo de Administración está integrado por cinco (05) miembros titulares y dos (02) suplentes, elegidos por la Asamblea General de Delegados, debiendo instalarse dentro de los tres (03) días posteriores a la Asamblea (instalación) y elegirá de entre sus miembros por la mayoría.
Fines
El Consejo de Administración, deberá realizar sesiones ordinarias por lo menos una (01) vez al mes con derecho de dieta, previa convocatoria de su Presidente. El Consejo de Administración, podrá realizar sesiones extraordinaria cada vez que lo crea conveniente o cuando lo soliciten.
Atribuciones y Obligaciones
  • Cumplir y hacer cumplir la ley. El Estatuto, las decisiones de la Asamblea General de Delegados, los reglamentos internos y sus propios acuerdos.
  • Elegir, de su seno a su presidente, vicepresidente, y Secretario, con cargo de que los demás consejeros ejerzan las funciones de vocales.
  • Aceptar la dimensión de sus miembros, de los delegados integrantes de los comités, salvo de los miembros del Comité Electoral.
  • Dictar los reglamentos que sean necesarios para desarrollar y aplicar las normas del Estatuto y las políticas aprobadas por la Asamblea General y las relativas al cumplimiento de las facultades y deberes propios del Consejo de Administración y comités, excepto los del Consejo de Vigilancia y del Comité Electoral.
  • Aprobar los Planes y Presupuestos Anuales de la cooperativa.
  • Controlar y evaluar periódicamente la ejecución de las medidas que apruebe según el inciso anterior.
  • Apoyar las medidas necesarias y convenientes que la Gerencia adopte para la óptima utilización de los recursos de la cooperativa y la eficaz realización de los fines de ésta.
  • Aceptar los actos de liberalidad que se constituyan a favor de la cooperativa.
  • Elegir y remover al Gerente, fijando su remuneración, y a propuesta de éste nombrar y promover a los demás funcionarios y otros trabajadores, cuya designación no sea atribución legal o estatutaria de aquel.
  • Conocer y decidir sobre las solicitudes de ingreso o retiro de socios, la pérdida de la consición de tal, por las causales previstas en este Estatuto y sus reglamentos.
  • Designar a un integrante del propio consejo o a otra persona, para que ejerza la gerencia de la cooperativa, cuando en ésta no exista plaza de Gerente Rentado, o fuere necesario reemplazarlo.
  • Decidir sobre la afiliación a organismos de integración cooperativa, tanto nacionales como internacionales, que le permitan el logro de sus objetivos, con cargo de dar cuenta a la Asamblea General.
  • Elegir entre sus miembros, al delegado suplente que represente a la cooperativa, ante los órganos nacionalaes de grado superior.
  • Fijar las políticas sobre tasas de interés, plazos, garantías y condiciones generales de captación, capitalización y monto de los créditos.
  • Autorizar el otorgamiento de poderes, con determinación de las atribuciones delegables.
  • Proponer la apertura o cierre de oficinas a la Asamblea General de Delegados.
  • Denunciar, ante la Asamblea General, los actos de negligencia o de exceso de funciones en que incurriere el Consejo de Vigilancia y/o Comité Electoral.
  • Convocar a Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, con determinación de su agenda, y a Elecciones Anuales.
  • Fijar el Monto de la ayuda por sepelio; así como dictar el reglamento correspondiente.

Consejo de Vigilancia

Consejo de Vigilancia
El Consejo de Vigilancia es el órgano fiscalizador de todas las actividades de la Cooperativa, de la veracidad de la información proporcionada a los socios, a las autoridades y a la comunidad en general, de que las acciones y acuerdos sean adoptadas de acuerdo a ley. Asimismo, velará por la seguridad de los bienes de la Cooperativa.
Actuará sin interferir, ni suspender el ejercicio de las funciones o actividades de los órganos fiscalizados de acuerdo con las atribuciones.
Integración
El Consejo de Vigilancia está integrado por tres(03) miembros titulares y dos (02) suplentes, elegidos por la Asamblea General de Delegados, debiendo instalarse dentro de los tres (03) días posteriores a la Asamblea.

Comité de Educación

Comité de Educación
El Comité de Educación es el órgano encargado de brindar educación y entrenamiento a sus socios, dirigentes electos, gerente y empleados, en tal forma que contribuyan eficazmente al desarrollo de la cooperativa. Informa al público en general – particularmente a jóvenes creadores de opinión, acerca de la naturaleza y beneficio del cooperativismo.nisi rhoncus condimentum tempor eu leo. Suspendisse at cursus risus.
Integración
El Comité de Educación estará integrado por tres (03) delegados titulares y un (01) suplente. Siendo su Presidente, el Vicepresidente del Consejo de Administración.
El Comité de Educación se instalará dentro de los tres(03) días.
Funciones
El Comité de Educación sesionará ordinariamente una (01) vez al mes con derecho a dieta y extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el Consejo de Administración.
Atribuciones y Obligaciones
  • Aprobar, reformar e interpretar su reglamento.
  • Rendir anualmente informe de sus actividades ante la Asamblea General Ordinaria de Delegados.
  • Presentar su presupuestoo a la Asamblea General Ordinaria de Delegados para su aprobación de conformidad al D.S. Nº 004-91-TR en su Art 11º.
  • Velar para que los socios adquieran una conciencia cooperativista mediante políticas de capacitación y desarrollo humano.
  • Determinar la política educativa de la institución, tanto para socios como empleados.

Comité Electoral

Comité Electoral
El Comité Electoral es un órgano de Apoyo por la Asamble a General de Delegados, autónomo en material electoral, por lo tanto ninguna persona u otro ente cooperativo podrá impedir, obstruir, coactar y/o pertubar el desarrollo normal del proceso electoral; según el reglamento interno del Comité Electoral.
Son electores todos los socios hábiles con plena capacidad de ejercicio de sus derechos civiles, inscritos hasta el 31 de diciembre del año anterior a las Elecciones Generales, y que estén al día en sus obligaciones con la cooperativa.
El Comité Electoral sesionará ordinariamente una (01) vez al mes con derecho a dieta y extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el Consejo de Administración.
Fines y Objetivos
El presente Reglamento General de elecciones tiene por finalidad normar la organización, dirección, desarrollo, control y supervición de los procesos electorales de la Cooperativa de Ahorro y Crédito León XIII Ltda. 520, en concordancia con los principios generales de la Superintendencia de Banca y Seguros.
Dirigir y garantizar que los procesos electorales sean democráticos y transparentes, para efecto de la renovación del Tercio de Delegados, ante la Asamblea General de Delegados y el Tercio de Directivos de los Órganos de Gobierno.
Integración
El Comité Electoral está conformado por 03 miembros titulares y 01 suplente, elegidos por la Asamblea General de Delegados, debiendo instalarse durante los 03 primeros días hábiles posteriores a la Asamblea y eligirá dentro de sus miembros titulares, por mayoría de votos, al Presidente, VicePresidente y Secretario.
Sanciones
Los Socios que no concurran a las Elecciones Generales serán sancionados con el pago de una multa equivalente a tres (03) aportaciones mínimas que en ningún caso se deducirán a estas.
Los socios designados miembros de mesa que no asumieran su cargo en la hora y condiciones establecidas por el presente reglamento, serán sancionados con una multa de cinco (05) aportaciones mínimas que en ningún caso se deducirán a estas.
Requisitos
Tener plena capacidad de ejercicio de sus derechos civiles.
  • Ser Socio hábil por un periodo no menor de dos (02) años. Haber completado un mínimo de doce (12) horas de capacitación cooperativa y/o gestión administrativa debidamente certificada durante los dos (02) últimos años.
  • Ser presentado por un mínimo de cinco (05) socios hábiles.
Justificación
Se concede un plazo de treinta (30) días calendarios posteriores a la elecciones generales para que los socios que no sufragen puedan presentar su justificación.
Duración
Para el cumplimiento de todo el proceso electoral, su funcionamiento será de 1 año y sesionará Ordinariamente una vez al mes con derecho de dieta y extraordinariamente cuantas veces sea convocada.
Registro de Miembro
  • Ser Miembro hábil de la Asamblea General de Delegados.
  • No ser miembro de algún consejo o comité de la Cooperativa.
Convocatoria
Las Elecciones Generales se realizarán el último domingo de febrero de cada año. En el horario de 09:00 am – 05:00 pm en el local y/o locales.